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Leopoldo López en la Embajada Española

Resultado de imagen de embajada española en Venezuela

El ministro Borrel ha manifestado que, "en función al derecho internacional", la figura de «huésped o acogido» en la embajada «naturalmente» implica una limitación en su actividad política. «Tenemos la confianza de que, en estas condiciones, Venezuela va a respetar naturalmente la inmunidad del territorio de la embajada de España», ha agregado.

El ministro también ha revelado que ha hablado de la situación de López con el Gobierno de Nicolás Maduro, con el que mantiene una «relación cortés», a pesar de que España ha reconocido como presidente interino al opositor Juan Guaidó.

Una abogada de derecho internacional, Sonarib Hernández, explica que la figura de ’huésped’ no existe en el derecho internacional y no cuenta con ningún respaldo jurídico.

La figura de ’huésped’, se trata más bien de un recurso político para encontrar una solución a la imposibilidad de salir del país con el propósito de no tensar las relaciones diplomáticas entre los países.

El caso de Leopoldo López y su familia es diferente al de otro venezolano que está en la misma Embajada. El diputado venezolano Freddy Guevara solicitó asilo político y está protegido por el estado receptor, por lo que puede tener un salvo conducto para salir de la Embajada. Este salvoconducto lo autoriza, en este caso, Venezuela.

¿Cómo es posible que no se pueda pedir asilo politico en una embajada cuando se esta hablando de inviolabilidad de la misma por ser parte del territorio nacional?

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